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•Permisos de Residencia en el Exterior (PRE)  
Se otorgan a ciudadanos cubanos que contraen matrimonio con ciudadanos extranjeros y sus hijos menores de 21 años, que desean establecerse en el exterior por termino indeterminado. 
Aquellos que posean Permisos de Residencia en el Exterior podrán entrar y salir de Cuba cada vez que lo deseen y regresar definitivamente a residir en el territorio nacional. 
Las oficinas consulares cubanas están autorizadas para tramitar estas solicitudes. 
Los solicitantes deberán llenar planilla de solicitud habilitada para estos casos. 
-5 fotografías-Fotocopia de las pagina útiles del pasaporte-Certificación de matrimonio cubana 
En los casos de ciudadanos cubanos que hayan contraído matrimonio en el exterior se aceptará el Modelo 16/30 de la trascripción del matrimonio efectuada en los consulados cubanos. 
Los Permisos de Residencia en el Exterior también pueden se solicitados en Cuba en las Oficinas de la Dirección de Inmigración y Extranjería. 

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